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Corte Suprema obliga a arrendador a entregar bienes retenidos

20 Enero, 2020
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La Corte Suprema acogió un recurso de protección a favor de un ex arrendatario en contra de su ex arrendador, ordenando a este último que otorgue las facilidades para retirar las cosas que estaban en el inmueble arrendado y que eran de propiedad del ex arrendatario.

Por Ignacio Saavedra, asociado Garnham Abogados isaavedra@garnham.com

En el caso concreto, el arrendador le puso término al contrato de arrendamiento por no pago de rentas por varios meses, y dispuso de medidas de hecho para impedir el acceso al inmueble al arrendatario, reteniendo sus cosas.

La sentencia señaló que la actuación del ex arrendador es ilegal ya que, para poder hacer uso del derecho legal de retención, es necesario contar con autorización judicial. Por lo tanto, resolvió que el ex arrendador debía otorgar facilidades al ex arrendatario para retirar sus cosas.

Desde el punto de vista jurídico, esta resolución de la Corte Suprema sería correcta, pues efectivamente el derecho legal de retención debe ser declarado por un juez. Además, de acuerdo a la legislación actual no es aceptable ejercer vías de hecho, pues permiten que un particular se transforme en juez y lesionan el derecho de propiedad.

Sin embargo, desde el punto de vista material no se habría hecho justicia para el ex arrendador, quien no pudo disponer del inmueble por meses y tendrá que devolver los bienes del ex arrendatario, que probablemente eran su herramienta para obtener un beneficio por los daños sufridos.

Es recomendable que los arrendadores actúen con celeridad para poner término a contratos que no les traen beneficios y ejecuten adecuadamente las acciones para asegurar que existan bienes, ante eventuales indemnizaciones que deseen solicitar. Ya que esta sentencia demuestra que no actuar conforme a derecho, puede significar que eventualmente sea el afectado quien termine por ser el victimario.