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Ayer se publicó la Ley 21.236 sobre “Portabilidad Financiera”, que busca facilitar el cambio de un proveedor o servicio financiero, aumentar la competencia en el mercado financiero, y reducir los costos y tiempos asociados a este trámite.
Por Daniela Gazmuri, asociada Garnham Abogados
Esta ley -que entrará en vigencia en septiembre de este año- consagra la portabilidad como un derecho de los clientes, la que en algunos casos puede proceder en forma automática e incluso contra la voluntad del proveedor financiero inicial, debilitando la obligatoriedad de los contratos a cambio de generar una mayor competencia en el mercado.
Uno de los aspectos más importantes de esta ley, es la portabilidad de las garantías reales que haya tenido el crédito anterior, las cuales subsistirán, garantizando de pleno derecho al nuevo crédito una vez que esté prepagado totalmente el crédito inicial.
Adicionalmente, la ley prohíbe a los notarios y conservadores de bienes raíces cobrar recargos sobre el monto del contrato del nuevo crédito, reduciendo así los costos operacionales. Solo en el caso en que el nuevo monto fuese superior, podrán cobrar por la diferencia que resulte entre ambos.
Asimismo, establece que el nuevo crédito no devengará intereses por el plazo transcurrido entre la celebración del respectivo contrato y el pago del crédito inicial. Esto evitará que, durante el período de transición, el deudor pague doble interés, lo que ocurre actualmente en algunos casos.
Será interesante ver cómo se adapta el mercado al cumplimiento de esta nueva ley y cómo se fiscalizará para que logre ser efectiva. Aún está pendiente la dictación del reglamento que regulará en detalle los procesos de portabilidad y su aplicación a los distintos productos financieros. Esta normativa será muy relevante para entender cómo funcionará en definitiva la portabilidad financiera y si realmente logrará cumplir con los objetivos propuestos en la ley.
¿Tendrá la portabilidad financiera el mismo impacto que tuvo la numérica en el mercado de la telefonía móvil? Cabe destacar que la portabilidad numérica se tradujo en una mayor competencia, aumentando la tasa de portabilidad de un 3% el año 2012 a un 17,6% el año 2018 (https://www.portabilidadnumerica.cl/). Esperamos que esta nueva ley sea igualmente beneficiosa para los consumidores del mercado financiero.